La Corte Suprema dejó firme la condena a un ex intendente por trata con fines de explotación sexual

Escrito el 26/02/2026

El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario de la defensa. Fue sentenciado a 5 años de prisión.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa del exintendente de Colonia 25 de Mayo (La Pampa) David Bravo y dejó firme la condena a cinco años de prisión dictada en su contra en una causa en la que fue considerado partícipe necesario del delito de trata de personas.

La sentencia había sido impuesta por el Tribunal Oral Federal de La Pampa y confirmada posteriormente por la Cámara Federal de Casación Penal. Con la decisión del máximo tribunal, la resolución quedó firme. El fallo fue firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes resolvieron no habilitar la instancia extraordinaria.

La investigación y los hechos analizados en el juicio

La causa se inició el 13 de diciembre de 2011 a partir de una denuncia recibida en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones. Una mujer de nacionalidad dominicana que se comunicó telefónicamente relató que se había escapado de un cabaret de la localidad y describió situaciones de maltrato y amenazas, además de señalar que había otras mujeres en condiciones similares.

A partir de esa denuncia se realizaron tareas investigativas que derivaron, tres días después, en un allanamiento en el local nocturno. Durante el operativo se constató la presencia de diez mujeres -nueve dominicanas y una argentina- y se verificó que en el mismo predio había habitaciones donde residían y trabajaban.

En el expediente se incorporó la habilitación municipal del establecimiento firmada por el entonces intendente, así como documentación sobre la titularidad del local. También se analizó una ordenanza municipal previa que prohibía la habilitación de cabarets y locales nocturnos en la jurisdicción.

Con esos elementos, el exjefe comunal fue procesado y enviado a juicio oral bajo la acusación de haber permitido el funcionamiento del prostíbulo investigado pese a la normativa vigente. El Tribunal Oral Federal lo condenó a cinco años de prisión, decisión que luego fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal y que ahora quedó firme tras la resolución de la Corte.